Fundamento: Ley Federal del Trabajo, art. 87 (aguinaldo anual de al menos 15 días de salario, pagadero antes del 20 de diciembre; proporcional al tiempo trabajado). Ley del ISR, art. 93 fr. XIV (exento hasta 30 veces la UMA). UMA 2026: $117.31 diarios, INEGI, DOF 09/01/2026, vigente desde el 1 de febrero de 2026.
Esta calculadora es una guía y no es asesoría legal ni fiscal. El ISR de la parte gravada depende de tu sueldo del mes y de cómo lo calcule tu patrón (art. 96 LISR o art. 174 del Reglamento).
¿Llevas la nómina o la contabilidad de varios clientes? Revisamos también a sus proveedores contra la lista 69-B del SAT y te entregamos el Excel en 1 día hábil.
Ver revisión de carteraTodos los serviciosCómo se calcula el aguinaldo
Fórmula
Salario diario × días de aguinaldo × (días trabajados en el año ÷ 365). Si trabajaste todo el año, son los días completos.
Salario diario
Si te pagan por mes, se divide entre 30; por quincena, entre 15; por semana, entre 7. Se usa el salario por cuota diaria, sin incluir prestaciones.
Parte exenta
Hasta 30 UMA ($117.31 × 30 = $3,519.30 en 2026) no paga ISR. El excedente se suma a tus ingresos gravados del mes.
¿Y si me fui antes de diciembre?
Igual te toca la parte proporcional: pon tu fecha de salida en «Calcular al». Para el finiquito completo usa la calculadora de finiquito.
Lista de espera del Plan Despachos
Las herramientas gratis son consultas puntuales: nada se guarda ni se vigila. El Plan Despachos ($179 MXN/mes, IVA incluido) vigila a los proveedores de todos tus clientes, te avisa por correo cuando alguno entra a la lista 69-B o cambia de situación, carga los RFC desde tus CFDI recibidos y arma el reporte por cliente. Ver el plan. Déjanos tu correo y te avisamos al abrir; los primeros 50 despachos conservan el precio de lanzamiento.
Las calculadoras son una guía. Los resultados son estimaciones con los valores de 2026 indicados en cada página (UMA $117.31 vigente desde el 1 de febrero de 2026; salario mínimo $315.04 general y $440.87 en la Zona Libre de la Frontera Norte). No constituyen asesoría legal, laboral, fiscal ni contable, no sustituyen la consulta de la ley ni de un profesional, y pueden no reflejar reformas, criterios o resoluciones posteriores. Todo se calcula en tu navegador: los datos que escribes no se envían a ningún servidor.
Aviso legal. La información proviene de los listados públicos que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publica en su portal de datos abiertos con fundamento en el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación. Revisa 69-B no está afiliado al SAT. Cuando el Diario Oficial de la Federación publica un listado que el archivo del SAT todavía no refleja, lo agregamos indicando el oficio y la fecha de publicación en el DOF. Los resultados pueden no reflejar actualizaciones posteriores ni resoluciones individuales. Las situaciones son distintas: presunto significa que el contribuyente fue publicado como presunto y aún puede desvirtuar los hechos; definitivo, que no los desvirtuó; desvirtuado, que sí los desvirtuó; y sentencia favorable, que obtuvo una resolución a su favor. Esta herramienta no constituye asesoría fiscal, contable ni legal, ni sustituye la consulta oficial en el portal del SAT o en el Diario Oficial de la Federación. Verifica siempre en la fuente oficial antes de tomar decisiones.
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